jueves, 7 de enero de 2016

¿El fin del Futbol para Todos? Al menos como lo conocemos...





Días atrás, mediante el Decreto Nº 267/2015, el Estado Nacional modificó las leyes de Telecomunicaciones y de Servicios de Comunicación Audiovisual, incorporando un cambio fundamental en la estructura del mercado: Los sistemas de TV Pago o Radiodifusión por Suscripción (salvo satelital) dejaron de ser servicios de comunicación audiovisual para pasar a conformar el conjunto de los servicios de telecomunicaciones, cambiando totalmente el marco normativo que los regulaba.  

Más allá de modificar la naturaleza de su sistema de licenciamiento, quitando todas las restricciones que al respecto se encuentran insertas en la Ley Nº 26.522 (en tanto ahora es un registro de servicio dentro de la Licencia Única Argentina Digital de telecomunicaciones) también se eliminan todas las obligaciones establecidas en el Artículo 65, punto 3, de la mencionada Ley, en cuanto a la inclusión sin codificar de todas las emisoras y señales públicas y de televisión abierta, la ordenación de la grilla de programación (que en el pasado suscitó grandes controversias), entre otras.

Sumado a lo anterior -también días atrás- fuentes del gobierno reconocían que, si bien el Futbol para Todos se continuaría viendo por la TV Pública y se financiaría con publicidad privada, se estaba estudiando la posibilidad de crear un "servicio premium" con mejor calidad técnica, alta definición, más cámaras, etc. que podría comercializarse a través de la TV por Cable, es decir, de forma codificada.
Entonces podríamos suponer que, con los cambios normativos implementados, el Estado Nacional podría proceder a degradar la calidad de la señal de los partidos del Futbol para Todos (hoy brindados en alta definición) para que los prestadores de Radiodifusión por Suscripción puedan reestablecer las emisiones de futbol codificadas, en alta calidad, a través de un paquete premium y ello sin violar el régimen normativo de los servicios de comunicación audiovisual, en cuanto a la no codificación de emisiones públicas, en tanto ya no se les aplica.

Asimismo, recordando que en Argentina más del 80% de hogares poseen algún sistema de TV Paga, dependiendo de la calidad de transmisión de los partidos en ambos sistemas, abierto y codificado, (calidad que no sólo abarca imagen y sonido, sino también el retardo de la señal, sincronismo y demás pormenores técnicos que hacen a la percepción del usuario) junto con las condiciones de precio inicial por el paquete premium, podría provocarse un vuelco masivo de televidentes hacia el sistema codificado, generando la caída del rating en la señal abierta y gratuita, impactando a su vez en forma directa en su rentabilidad, de forma tal que termine justificando su cierre definitivo, por no ser atractiva para el mercado de la publicidad, más aún teniendo en cuenta que la transmisión, y su torta publicitaria, podría ser repartida entre los cinco canales de aire (Tv Pública, Canal 13, Telefe, Canal 9 y América). 

Ahora bien, más allá de encontrarnos en un plano meramente conjetural y que podría desarrollarse de una manera totalmente diferente, de cumplirse el escenario anterior, cabría preguntarse como habrán de compatibilizarse las acciones anteriores con el principio de neutralidad de red establecido (y no modificado) en la Ley Argentina Digital, porque, toda vez que la Radiodifusión por Suscripción se considera Servicio TIC, sus prestadores tienen prohibido bloquear, interferir, degradar o restringir el acceso a cualquier contenido, sin dudas sería un conflicto tal vez poco claro pero al menos latente, dependiendo de como se instrumente todo lo anterior.





Más información:
http://www.lanacion.com.ar/1857327-futbol-para-todos-evaluan-bajar-los-costos-con-estrategias-de-venta

http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/255000-259999/257461/norma.htm

No hay comentarios:

Publicar un comentario